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Artículo 96. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 2013 y deroga el artículo 59 de la Ley 1537 de 2012. JURISPRUDENCIA [ Mostrar ] Declarada inexequible la expresión ... (“ y deroga el artículo 59 de la Ley 1537 de 2012” ) Sentencia de la Corte Constitucional C-493 de 2015 LEGISLACIÓN ANTERIOR [ Mostrar ] Artículo 96. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 2013 y deroga el artículo 59 de la Ley 1537 de 2012. Vigente desde: 10/12/2012 y hasta el: 04/08/2015